Almacenamiento energético

Regulación, autorización y estructuración contractual de baterías y sistemas híbridos.

El almacenamiento de energía, ya sea stand-alone o hibridado, es una pieza clave para integrar más generación renovable en el sistema eléctrico. Estas tecnologías aportan seguridad, flexibilidad operativa y capacidad para optimizar la gestión de la energía, permitiendo capturar precios competitivos y, en configuración híbrida, mejorar significativamente las perspectivas económicas y financieras de los proyectos renovables.

En SD Verdia contamos con una sólida experiencia en el asesoramiento jurídico de proyectos de almacenamiento, acompañando a promotores e inversores en todas las fases del desarrollo y operación. Nuestro equipo multidisciplinar ofrece un enfoque integral que combina visión regulatoria, administrativa, contractual y financiera, garantizando un soporte legal necesario para entender un marco regulatorio en constante evolución.

Asesoramiento legal en almacenamiento energético

¿Hablamos sobre tu proyecto de almacenamiento energético?

Cuéntanos tu caso y te responderemos a la mayor brevedad.

Servicio
✓Almacenamiento energético
Protección de datos

Preguntas frecuentes sobre el almacenamiento energético

Resolvemos las dudas más habituales sobre el almacenamiento de energía y los proyectos de baterías (BESS).

¿Qué es el almacenamiento energético y en qué se diferencian las instalaciones stand-alone e hibridadas?

El almacenamiento energético permite guardar energía —habitualmente en baterías (BESS)— para verterla a la red cuando se necesita, aportando flexibilidad y estabilidad al sistema eléctrico. Una instalación stand-alone (aislada) opera de forma independiente, consumiendo y vertiendo energía de la red; una instalación hibridada se incorpora a una planta de generación renovable existente, dentro de su mismo recinto y amparada por su declaración de impacto ambiental.

¿Qué permisos y trámites necesita un proyecto de almacenamiento (BESS)?

Con carácter general se requieren los permisos de acceso y conexión a la red y las autorizaciones administrativas previa y de construcción. El Real Decreto-ley 7/2025 ha flexibilizado el acceso desde la perspectiva de la demanda e introducido una tramitación conjunta y simplificada, con plazos reducidos a la mitad, para el almacenamiento hibridado. Las instalaciones de hasta 500 kW quedan exentas del régimen de autorización previa y de construcción.

¿Qué normativa regula el almacenamiento de energía en España?

El marco principal lo forman la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico —modificada por el Real Decreto-ley 7/2025—, el Real Decreto 1955/2000 (autorizaciones), el Real Decreto 1183/2020 (acceso y conexión) y el Real Decreto 413/2014. El RD-ley 7/2025 declaró además el almacenamiento de utilidad pública y reforzó su papel en la seguridad de suministro.

¿Qué servicios y beneficios aporta el almacenamiento al sistema y a los proyectos?

El almacenamiento aporta flexibilidad, estabilidad y seguridad de suministro, y permite a sus titulares participar en los mercados y en servicios de gestión de la demanda, directamente o a través de un agregador (art. 49 de la Ley del Sector Eléctrico). En proyectos renovables, la hibridación con almacenamiento ayuda a reducir los vertidos de energía (curtailment) y a optimizar el uso de la red.

Experiencia relevante

Lecturas relacionadas